Acuerdo 10, extensión de plazo para realización de ELAS

Sobre la solicitud enviada por el gobierno a fin de extender el plazo para la realización de los encuentros locales autoconvocados.
En relación con el oficio enviado por el señor Ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, de fecha 13 de Junio de 2016, en el que se solicita aumentar en tres semanas el plazo para la realización de Encuentros Locales Autoconvocados (ELA), y ante un conjunto de solicitudes y cartas que con igual finalidad has sido remitidas por partidos políticos, diputados de la República y organizaciones de la sociedad civil; el Consejo Ciudadano de Observadores (COO) ha acordado lo que sigue:

1.- Reconocemos el entusiasmo y participación de la ciudadanía en esta primera etapa de discusión constitucional. Asimismo, el CCO es consciente de que ella se ha acentuado considerablemente durante las últimas semanas.

2.- Con todo, y por el bien de la misma participación ciudadana, el CCO estima que se debe ser respetuoso y consistente con las reglas y plazos básicos que se han fijado para este proceso en marcha. El CCO considera que, también, se debe ser muy cuidadoso con la calidad y prolijidad del tratamiento de las conclusiones de los ELA, conclusiones que guiarán la conversación que contemplan las próximas etapas del proceso de participación ciudadana. En tal sentido, aumentar los plazos para la realización de los ELA en tres semanas, como se ha propuesto, no sólo riñe con un nivel mínimo de certeza que todo proceso público debe poseer, sino que, además, representa una dificultad para la correcta preparación de las etapas que, según se ha mencionado, tendrán lugar a continuación: los cabildos provinciales y regionales.

3.- El proceso de participación ciudadana fue concebido como un proceso secuenciado, en el que cada etapa posee un valor y finalidad específica. Comprendemos que en la ciudadanía se ha generado un interés creciente por la modalidad de los ELA, pero no debe obviarse ni desconocerse que aún restan las señaladas etapas de cabildos provinciales y regionales para continuar con la participación. Por ende, respetar la secuencia y dar por finalizada oportunamente la etapa de los ELA no implica sacrificar ni anular el ánimo de participación, sino, más bien, implica conducirlo ciñéndose básicamente al diseño y planificación concebida desde un comienzo. Los cabildos provinciales y regionales, es importante repetirlo, serán instancias igualmente abiertas a la participación de la ciudadanía.

4.- El calendario original contempla el próximo 23 de junio como última fecha para realizar un ELA. El mismo diseño establece que la inscripción de un ELA debe hacerse con cinco días de anticipación, en este caso, el próximo 18 de junio como última fecha. Sin perjuicio de lo señalado en los puntos anteriores, y admitiendo que es probable que grupos de ciudadanos y ciudadanas se propongan concretar un ELA, pero se ven apremiados por los pocos días que restan, el CCO considera admisible alterar levemente el calendario original fijando el mencionado día 23 de junio como fecha límite para la inscripción de un ELA, y el martes 28 de junio como fecha límite tanto para celebrar un ELA como para subir sus actas a la plataforma web.

De esta manera, se extendería el plazo en cinco días para realizar los ELA, pero no se modificaría el plazo para subir las actas, pues tanto en el calendario original como en esta modificación todas ellas deben estar en la plataforma web –cerrándose así esta primera parte de la participación ciudadana-en la medianoche del próximo día 28 de junio.

El CCO estima que esta fórmula posee la virtud de conceder un aumento de plazo responsable de cinco días para que las personas puedan llevar a cabo los ELA que planean, aprovechando un fin de semana largo no contemplado inicialmente; al tiempo de mantener el plazo original fijado para la debida organización de los cabildos provinciales y regionales.

5.- Por último, el CCO advierte que existe un problema grave con la plataforma web dispuesta para subir las actas de los ELA al sistema, procedimiento mediante el cual sus conclusiones serán consideradas. Hemos recibido una serie de reclamos sobre las enormes dificultades que muchas personas tienen para realizar dicho procedimiento de manera satisfactoria y, luego de tomar contacto con todos los equipos de facilitadores a lo largo del país, nos hemos convencido de que no se trata de hechos aislados sino que de una situación generalizada.
Resulta conveniente, por tanto, instar a las autoridades del Ejecutivo a solucionar dicha situación a la brevedad posible, ya que es función de este CCO asegurar y garantizar que las conclusiones de dicha participación serán consideradas y procesadas adecuadamente.

Acordado con el voto de los consejeros: Patricio Zapata (Presidente), Lucas Sierra, Patricio Fernández, Gastón Gómez, Roberto Fantuzzi, Héctor Mery, Jean Beausejour, Francisco Soto, Francisco Fernández, Juanita Parra, Arturo Fermandois, Hernán Larraín, Salvador Millaleo, Ruth Olate, y Benito Baranda.

CCO – Acuerdo 10