Acuerdo 9, Requisitos de validez de un Encuentro Local Autoconvocado.

Sobre la solicitud hecha por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia relativa a los requisitos de validez de un encuentro local autoconvocado.

El Consejo Ciudadano de Observadores (CCO), reunido en su sesión ordinaria de 16 de mayo de 2016, toma conocimiento de la solicitud enviada por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 9 de mayo, relativa a la modificación de los requisitos necesarios para validar un Encuentro Local Autoconvocado. Concretamente, la solicitud consiste en (i) Reducir de 15 a 10 personas el quórum mínimo requerido y (ii) Acortar de 10 a 5 días el plazo que debe transcurrir entre la inscripción y la realización del encuentro local. Frente a dicha solicitud el CCO acuerda:

1. Aprobar la solicitud de reducir el quórum mínimo requerido a 10 personas, con el voto en contra de los consejeros Arturo Fermandois, Gastón Gómez, Héctor Mery y Lucas Sierra.

2. Aprobar la solicitud de acortar a 5 días el plazo que debe transcurrir entre la inscripción y la realización de un encuentro local, con el voto en contra de los consejeros Arturo Fermandois y Héctor Mery.

3. Además, el CCO acuerda por unanimidad solicitar formalmente al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que se establezca un plazo de 5 días para subir las actas a la plataforma web dispuesta para esto, contados desde la fecha de realización del respectivo encuentro local.

Acuerdo tomado en sesión ordinaria del lunes 16 de Mayo con la presencia de los consejeros: Patricio Zapata (Presidente), Lucas Sierra, Patricio Fernández, Salvador Millaleo, Gastón Gómez, Héctor Mery, Francisco Soto, Roberto Fantuzzi, Francisco Fernández, Arturo Fermandois, Hernán Larraín y Benito Baranda.

CCO – Acuerdo 9