Sesión 27: Revisión de oficio enviado por Consejo para la Transparencia
El martes 28 de junio nos reunimos en una nueva sesión, donde se revisó el Oficio de respuesta enviado por el Consejo para la Transparencia y se discutieron las propuestas enviadas por la SEGPRES relativas al proceso de subida de actas de ELAS.
Lee y escucha aquí lo conversado en este encuentro.
En la ciudad de Santiago, a 28 de Junio de 2016, siendo las 16:03 horas, en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica, ubicado en calle Alameda 440, se celebra sesión ordinaria del Consejo Ciudadano de Observadores (CCO), con la asistencia de los consejeros: Patricio Fernández, Héctor Mery, Lucas Sierra, Ruth Olate, Arturo Fermandois, Juanita Parra, Salvador Millaleo, Benito Baranda, Roberto Fantuzzi, Hernán Larraín y Patricio Zapata (Presidente). Excusaron su inasistencia los consejeros: Jean Beausejour, Francisco Soto, Francisco Fernández y Gastón Gómez. . Actúa como secretario ejecutivo el señor Andrés Vodanovic.
a) Resumen Ejecutivo: En esta sección se detallan brevemente los principales acuerdos tomados y conclusiones obtenidas en la sesión. 1) Se conviene la redacción de un Acuerdo sobre (i) el Oficio enviado por el Consejo para la Transparencia (CPLT) relativo al tratamiento de datos personales y (ii) sobre el documento enviado por la SEGPRES que contiene propuestas para facilitar la validación digital de las actas de los ELAS.
b) Acta de Discusión: En esta sección se sintetizan las principales intervenciones de los consejeros.
Patricio Zapata (Presidente): saluda y da la bienvenida a los consejeros presentes. Procede a señalar los puntos que serán discutidos en la sesión:
- 1) Analizar el Oficio de respuesta enviado por el Consejo para la Transparencia (CPLT)
- 2) Discutir las propuestas enviadas por la SEGPRES relativas al proceso de subida de actas de ELAS.
- 3) Señala que el Ministro Marcelo Díaz asistirá a la próxima sesión del CCO para conversar sobre la campaña de difusión para los cabildos.
Sobre el Oficio enviado por el CPLT, indica que dicho documento responde el oficio enviado por el CCO hacer aproximadamente 6 semanas, en el que se le solicitada al CPLT pronunciarse sobre algunos aspectos del tratamiento de datos personales en el contexto del proceso constituyente. Comenta que ha consultado al CPLT si éste, además del oficio en comento, emitió otro oficio en respuesta a la consulta que algunos diputados de la República habrían señalado hace algunos días.
Ofrece la palabra a los consejeros sobre este punto.
Arturo Fermandois: expresa su preocupación por el contenido de la respuesta que fue emitida por el CPLT, ya que en el Oficio respectivo se concluye claramente que las distintas etapas del proceso constituyente en curso no se han ajustado a las leyes vigentes en materia de protección de la vida privada (ley N° 16.628) lo que constituye un hecho de la mayor gravedad y frente al cual el CCO debe, a la brevedad posible, actuar, exigiendo al Gobierno la más pronta adopción y saneamiento de todas las observaciones planteadas por el CPLT. Advierte que, pese a que el CPLT hace ciertas distinciones y matices entre las diferentes etapas del proceso, la conclusión general constata que el proceso no protege los datos personales ni sensibles de las personas con los estándares mínimos exigidos por la ley 19.628. Expresa que a su parecer la principal causa de esta situación se debe al carácter extra institucional del proceso constituyente, en el sentido que el Congreso Nacional no ha sido invitado a él y que su falta de intervención mediante una ley, ha redundado en un diseño resultado insuficiente para efectos de proteger la privacidad de las personas.
Continúa afirmando que en este proceso los ciudadanos han sido invitados a manifestar sus preferencias políticas sin que exista un marco de protección de los datos sensibles que se allegan y recolectan con ocasión de dicho proceso. Es así como se puede observar, prosigue el consejero, que ya se habrían consumado vulneraciones irreparables jurídicamente (como la solicitud de datos sensibles sin una expresa mención de los fines a que se les destinará ni el tratamiento que se hará de los mismos) y otras que requieren de una pronta subsanación para evitar transgresiones futuras (proceso de sistematización de actas, cabildos provinciales y regionales). Además, indica que es deber del CCO velar por la protección de los derechos de las personas que participan en el proceso, y sólo éstas pueden autorizar el tratamiento de los datos que se entregan, cuestión que no ha ocurrido y que representa un hecho de especial gravedad. Hace presente que, sólo a modo de ejemplo, el CPLT ha observado en su Oficio que el Ministerio del Interior tiene varias funciones legales, y que por tanto debe informar con precisión a las personas al servicio de cuáles de esas funciones colocará los datos que se recolectan de las personas. Agrega que el CPLT estima como una infracción a la ley 19.628 la falta de una política explícita de privacidad en la materia.
Por todo lo anterior, el consejero Fermandois propone el siguiente curso de acción: (i) que el CCO acuse recibo del oficio enviado por el CPLT, manifestando en un acuerdo formal su preocupación frente lo allí señalado y (ii) que se oficie a los ministerios competentes del Gobierno solicitando a) la suspensión inmediata de toda recolección de datos personales mientras no se implementen a plena satisfacción del CPLT las recomendaciones de éste y b) que informen al CCO, en un plazo breve, de qué modo y en qué plazo se implementarán las sugerencias y subsanarán las observaciones planteadas por el CPLT.
Héctor Mery: expresa estar de acuerdo con lo expuesto por el consejero Fermandois, en el sentido que es el CPLT el órgano encargado de interpretar la normativa vigentes referida a la protección de datos personales, por lo que el CCO debe hacer eco de lo señalado por dicho organismo actuando a la brevedad posible para remediar dicha situación. Se suma a la propuesta de elaborar un acuerdo solicitando al Gobierno la inmediata implementación de las recomendaciones del CPLT.
Patricio Zapata: agrega, como antecedente para la discusión, que el CPLT es un órgano autónomo, creado por ley de la República, cuya jurisprudencia en la materia goza de gran prestigio. Lo anterior, claramente, no implica una suerte de infalibilidad de las opiniones del CPLT, pero sin duda se está frente a una institución que entrega plenas garantías de imparcialidad y confianza.
Salvador Millaleo: se suma a las opiniones manifestadas por los consejeros, y expresa su gran preocupación por el oficio emitido por el CPLT, en el sentido de que la expectativa de privacidad y protección de los datos personales de los participantes en el proceso se ha visto vulnerada o existe un gran riesgo de que ello ocurra. Comenta que él personalmente se reunió con los equipos técnicos del Gobierno para manifestarles la necesidad de mejorar el sistema de recolección de datos personales con el objeto de ajustarse a la normativa vigente, cuestión que finalmente no fue implementada debidamente. Por tanto, considera que se está en presencia de una negligencia grave e inexcusable. Concuerda con la necesidad de emitir a la brevedad posible un acuerdo unánime en el que se exija el Gobierno implementar en plazo breve las observaciones planteadas por el CPLT, con especial urgencia debido al inminente comienzo del proceso de sistematización de las actas.
Roberto Fantuzzi: le pregunta al resto de los consejeros en qué sentido se vulnera la normativa de protección de datos personales, puesto que todo participante es consciente que los datos que suministra al sistema serán utilizados y sistematizados para la confección de las Bases Ciudadanas para una Nueva Constitución.
Arturo Fermandois: les responde que actualmente la plataforma no señala expresamente con qué fines será utilizada dicha información, qué organismos tendrán conocimiento de ella, por cuánto tiempo, etc. El CPLT se solicita al Gobierno que aclare dicho punto y que el participante consienta en ello.
Patricio Fernández: complementa la conversación aclarando que el proceso constituyente debe compatibilizar dos fines igualmente fundamentales: (i) la publicidad de la información recaba y (ii) la protección de datos personales de los participantes. Agrega, que fue el mismo CCO el que solicitó al Gobierno los máximos estándares de transparencia y publicidad de los datos, con el objeto de evitar cualquier tipo de fraude o tergiversación. En ese sentido, sugiere que el acento del acuerdo que emitirá el CCO debe manifestar claramente que existen dos bienes en juego y no solamente condenar la existencia de información que este mismo Consejo ha requerido.
Lucas Sierra: complementa lo señalado por el consejero Fernández, constatando la existencia de dos bienes en juego: publicidad y protección de datos personales. Para resguardar tal equilibrio, sugiere que la opinión sustantiva emitida por los participantes sea separada de la identificación personal de los mismos, de modo que la información pueda ser públicamente conocida, pero no la identidad de quien la emite. Cosa distinta aplica para las entidades encargadas de observar el proceso (como el CCO) quienes deberían tener acceso a ambas (opinión sustantiva e identificación personales) para poder dar cumplimiento a su labor de garantes y observadores.
Salvador Millaleo: apoya la idea planteada por el consejero Sierra, señalando que no hay complejidad técnica para implementar una disociación entre las opiniones sustantivas de los participantes y si identidad personal. Sugiere que la plataforma podría, vía correo electrónico, solicitar a los participantes la autorización para el uso de sus datos personales, con el propósito de subsanar las deficiencias que plantea el CPLT.
Benito Baranda: expresa que se deben adoptar a la brevedad todas las medidas que puedan solucionar los problemas planteados por el CPLT. Concuerda con las sugerencias planteadas por los consejeros y las apoya. Advierte que se debe pensar en mecanismos para que las personas que participen en los cabildos presten su consentimiento para el tratamiento de los datos personales que se generen en dichas instancias.
Patricio Fernández: expresa que el CCO debe ser muy prudente en la manera en que comunicará públicamente la necesidad de implementar las observaciones emitidas por el CPLT, puesto que de lo contrario se podrían emerger, innecesariamente, dudas sobre la legitimidad del proceso en curso.
Patricio Zapata: a modo de cierre de este punto sugiere las siguientes acciones: (i) el CCO deber acusar recibo de la recepción del oficio enviado por el CPLT. (ii) destacar el hecho de que fue el propio CCO quien solicitó el pronunciamiento del CPLT en oficio enviado hace 6 semanas. (iii) el CCO deber dar traslado del oficio el Gobierno de Chile, solicitando que satisfaga a la brevedad los comentarios y observaciones señalados por el CPLT. (iv) comenta la necesidad de que exista un protocolo para el uso de datos que se generen con ocasión del proceso constituyente en curso. Procede a discutir y analizar el segundo punto de la sesión: la propuesta enviada por la SEGPRES sobre los mecanismos para facilitar el envío y validación digital de las actas. Señala que dado que la propuesta generó debate interno entre los miembros del CCO, se optó por cerrar la discusión en sesión ordinaria. Además, advierte sobre la necesidad de resolver al punto a la mayor brevedad posible ya que los plazos del proceso así lo requieren. Finalmente aclara que ninguno de los mecanismos propuestos reemplaza al acta física generada por el grupo participante, dicha acta será siempre el documento oficial y de referencia. Las propuestas simplemente, enfatiza, buscan ampliar los medios para que ninguna acta quede sin ser ingresada digitalmente a la plataforma.
Ofrece la palabra a los consejeros.
Lucas Sierra: plantea las siguientes consideraciones: (i) señala que los modelos 1 y 2 serían plenamente aceptables si, junto con la validación del acta por el facilitador, en el mail que se le manda al organizador informándole que el acta de su ELA ha sido cargada vaya un link que le permita (al organizador) revisar con facilidad el acta cargada. Entiende que está el control de los facilitadores y el que el CCO puede hacer a partir del registro que haga llegar el Gobierno con dichos casos. Pero el mejor control es el que pueda hacer el propio interesado directamente, es decir, el organizador que pidió a otros (al facilitador o a los digitadores dispuestos por el Gobierno) subir el acta, para comprobar que su encargo fue debidamente cumplido. Esto, claro, además del control por parte de los facilitadores y del CCO. (ii) Indica que es importante tener presente que el módulo 3 altera el Acuerdo N° 10 del CCO, ya que éste señala que todas las actas debían estar arriba en la medianoche del 28. Este módulo implica prolongar ese plazo hasta el 3 de julio.
Juanita Parra: pregunta cuál será el plazo final para subir las actas.
Patricio Zapata: responde que en la propuesta de SEGPRES se señala implícitamente el plazo del 5 de julio como fecha final para subir un acta, puesto que esa es el plazo límite indicado por el Comité Técnico de Sistematización.
Salvador Millaleo: propone solicitar al Gobierno que exista un despliegue real de los Infocentros y Telecentros ubicados en las zonas alejadas de los radios urbanos, puesto que es precisamente en dichos lugares donde la brecha digital ha dificultado, en mayor medida, el proceso de subida de actas. Además, planeta solicitar al Gobierno que informe, con la debida antelación, los lugares en que se realizará la asistencia presencial para subir las actas, de modo que los consejeros se puedan constituir como observadores.
Patricio Zapata: propone los siguientes cursos de acción en relación a este punto: (i) plantea conceder una extensión del plazo para subir las actas, hasta el día 3 de Julio, con el objeto de cerrar definitivamente la etapa de encuentros locales. (ii) se propondrá la redacción de un Acuerdo N°12 que contendrá tanto la respuesta al oficio enviado por el CPLT como la respuesta al documento de propuestas para la validación de actas enviada por la SEGPRES. Sobre esto último, indica que se agregarán las recomendaciones planteadas por los consejeros Sierra y Millaleo. Luego, señala que en la próxima sesión se discutirá el documento de Metodología de Cabildos enviado por la SEGPRES. Además, les pide a los consejeros organizar sus agendas para que el día 23 de Julio el CCO se pueda desplegar a lo largo de todo Chile para observar la realización de los cabildos provinciales. Da por finalizada la sesión.
Siendo las 17:45 hrs. se da por terminada la sesión.
Descarga la sesión aquí Acta N° 27 CCO

